jueves, 7 de marzo de 2019

Derecho Internacional Humanitario DIH (Once)

¿Qué es el derecho internacional humanitario?

El derecho internacional humanitario (DIH) es un conjunto de normas que, por razones humanitarias, trata de limitar los efectos de los conflictos armados. Protege a las personas que no participan o que ya no participan en los combates y limita los medios y métodos de hacer la guerra. El DIH suele llamarse también "derecho de la guerra" y "derecho de los conflictos armados".

El DIH es parte del derecho internacional, que regula las relaciones entre los Estados. Está integrado por acuerdos firmados entre Estados –denominados tratados o convenios–, por el derecho consuetudinario internacional que se compone a su vez de la práctica de los Estados que éstos reconocen como obligatoria, así como por principios generales del derecho.

El DIH se aplica en situaciones de conflicto armado. No determina si un Estado tiene o no tiene derecho a recurrir a la fuerza. Esta cuestión está regulada por una importante parte – pero distinta– del DIH, que figura en la Carta de las Naciones Unidas.Desde entonces, los Estados han aceptado un conjunto de normas basado en la amarga experiencia de la guerra moderna, que mantiene un cuidadoso equilibrio entre las preocupaciones de carácter humanitario y las exigencias militares de los Estados.

En la misma medida en que ha crecido la comunidad internacional, ha aumentado el número de Estados que ha contribuido al desarrollo del DIH. Actualmente, éste puede considerarse como un derecho verdaderamente universal.

¿Dónde se encuentra el derecho internacional humanitario?
 
El DIH se encuentra esencialmente contenido en los cuatro Convenios de Ginebra de 1949, en los que son parte casi todos los Estados. Estos Convenios se completaron con otros dos tratados: los Protocolos adicionales de 1977 relativos a la protección de las victimas de los conflictos armados.

Hay asimismo otros textos que prohíben el uso de ciertas armas y tácticas militares o que protegen a ciertas categorías de personas o de bienes. Son principalmente:

• la Convención de la Haya de 1954 para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado y sus dos Protocolos;
• la Convención de 1972 sobre Armas Bacteriológicas;
• la Convención de 1980 sobre Ciertas Armas Convencionales y sus cinco Protocolos;
• la Convención de 1993 sobre Armas Químicas;
• el Tratado de Ottawa de 1997 sobre las Minas Antipersonal;
• el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados.

Ahora se aceptan muchas disposiciones del DIH como derecho consuetudinario, es decir, como normas generales aplicables a todos los Estados.

¿Cuándo se aplica el derecho internacional humanitario?
 
El DIH sólo se aplica en caso de conflicto armado. No cubre las situaciónes de tensiones internas ni de disturbios interiores, como son los actos aislados de violencia. Sólo es aplicable cuando se ha desencadenado un conflicto y se aplica por igual a todas las partes, sin tener en cuenta quien lo inició.
El DIH distingue entre conflicto armado internacional y conflicto armado sin carácter internacional. En los conflictos armados internacionales se enfrentan, como mínimo, dos Estados. En ellos se deben observar muchas normas, incluidas las que figuran en los Convenios de Ginebra y en el Protocolo adicional I.

En los conflictos armados sin carácter internacional se enfrentan, en el territorio de un mismo Estado, las fuerzas armadas regulares y grupos armados disidentes, o grupos armados entre si. En ellos se aplica una serie más limitada de normas, en particular las disposiciones del artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra y el Protocolo adicional II.

¿Qué cubre el derecho internacional humanitario?
 
El DIH cubre dos ámbitos:

• La protección de las personas que no participan o que ya no participan en las hostilidades.

• Una serie de restricciones de los medios de guerra, especialmente las armas, y de los métodos de guerra, como son ciertas tácticas militares. 


Derechos Humanos (Once)

Los derechos humanos son derechos que tenemos todas las personas por el mero hecho de existir. Respetarlos permite crear las condiciones indispensables para que los seres humanos vivamos dignamente en un entorno de libertad, justicia y paz. El derecho a la vida, a la libertad de expresión y de conciencia, a la educación, a la vivienda, a la participación política o de acceso a la información son algunos de ellos.

 Imagen tomada de: http://otrasvoceseneducacion.org/wp-content/uploads/2016/07/derchos-750x410.jpg


Los derechos humanos engloban derechos y obligaciones inherentes a todos los seres humanos que nadie, ni el más poderoso de los Gobiernos, tiene autoridad para negarnos. No hacen distinción de sexo, nacionalidad, lugar de residencia, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, edad, partido político o condición social, cultural o económica. Son universales, indivisibles e interdependientes.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París en 1948, tras el tremendo impacto de la Segunda Guerra Mundial.
Los 30 artículos constituyen el marco de referencia al que deberían ajustarse las leyes y la acción política en todos los países. A pesar de que los Estados y la comunidad internacional deben garantizar el ejercicio de estos derechos, en muchos lugares del mundo se vulneran todos los días en la calle, en los hogares, en las cárceles, en los campos de refugiados, en las fábricas, en Internet...

30 derechos humanos fundamentales inquebrantables

Los 30 artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos incluyen los derechos básicos que toda persona debe disfrutar para tener una vida digna. Se dividen en:

Derechos civiles y políticos

Todos los derechos civiles y políticos garantizan nuestra capacidad para participar en la vida civil y política en condiciones de igualdad. Nadie (ni el Estado, ni una empresa, ni un grupo o una persona) puede privarnos de ellos. Nacemos libres e iguales en dignidad y derechos. Tenemos:
  • Derecho a la vida. Todos los seres humanos tenemos derecho a vivir libres y con seguridad. Nadie tiene derecho a privar de vida a otra persona y, sin embargo, todavía hay países donde se practica la pena de muerte. En Amnistía trabajamos para poner fin a las ejecuciones y abolir la pena capital en todo el mundo y en toda circunstancia, por ello celebramos recientemente que tres países —Guinea, Mongolia y Burkina Faso— abolieron la pena de muerte en la ley para todos los delitos. Gambia firmó un tratado internacional por el que se comprometió a no llevar a cabo ejecuciones y a adoptar las medidas necesarias para abolir la pena de muerte en su legislación, mientras que Guatemala se convirtía en abolicionista para los delitos comunes.
  • Derecho a no ser sometido ni sometida a esclavitud ni servidumbre. Hay Estados, empresas y grupos armados, entre otros agentes, que no lo respetan. Paul, de 14 años de edad y huérfano, empezó en la minería a los 12 y explicó al equipo de investigación de Amnistía que, debido al largo tiempo que pasaba bajo tierra, se encontraba siempre enfermo: “Pasaba 24 horas allí abajo, en los túneles. Llegaba por la mañana y me marchaba a la mañana siguiente [...] Tenía que hacer mis necesidades allí abajo [...]". 
  • Derecho a no recibir daños ni torturas. La tortura sigue siendo un método utilizado para aterrorizar y disuadir a personas de emprender acciones consideradas “amenazantes” por muchos gobiernos. Les ocurre a defensores y defensoras de derechos humanos, pero también a otras personas como Moses, un estudiante de Nigeria:
  • Derecho a la no discriminación. Todo hombre, mujer, niño y niña tienen como derecho a estar libres de discriminación. En Ankara, la capital turca, la marcha del Orgullo que organiza anualmente el alumnado se celebró a pesar de la prohibicion de todos los eventos LGBTI impuesta por el gobernador de Ankara. ODTÜ LGBTI Solidarity agradeció a los y las activistas de Amnistía su apoyo y dijo "No podíamos resignarnos a aceptar la prohibición en silencio sin más. Teníamos que oponernos a ella, teníamos que celebrar la marcha".
  • Derecho a que nadie sea detenido arbitrariamente. En Amnistía luchamos para que esto no ocurra y que, si sucede, se haga justicia. Yecenia Armenta Graciano fue detenida arbitrariamente por la Policía Ministerial de Sinaloa el 10 de Julio de 2012 y fue golpeada, casi asfixiada y violada hasta que “confesó” su participación en el asesinato de su esposo. Tras una intensa presión logramos que un juez la pusiera en libertad, pero ahora queremos que sus torturadores sean llevados ante la justicia.
  • Derecho a la presunción de inocencia para evitar casos como los de Guantánamo donde todavía permanecen 60 personas recluidas desde hace una década o más sin cargos ni juicio. Recientemente el Departamento de Defensa de Estados Unidos anunció el traslado de 15 detenidos. Uno de ellos es Obaidullah, un afgano cuyas experiencias documentamos en el informe I am fallen into darkness. Obaidullah lleva 13 años detenido sin juicio y nunca ha tocado ni abrazado a su hija, que nació dos días antes de que fuera detenido en su casa, en 2002.
  • Derecho a la privacidad. Algunos gobiernos espían todo lo que hacemos en Internet. Edward Snowden tuvo que huir de Estados Unidos tras hacer públicos los documentos que demuestran cómo las agencias de seguridad estatales utilizan la vigilancia masiva para recoger, almacenar y analizar en secreto las comunicaciones privadas de personas en todo el mundo. "La gente que analiza estos datos busca delicuentes", contó a Amnistía Internacional Snowden. "Podrías ser la persona más inocente del mundo, pero si alguien programado para ver patrones de delincuancia analiza tus datos, no va a encontrarte a ti, va a encontrar a un delincuente".
  • Derecho a la libre circulación, a buscar asilo y a tener una nacionalidad. Actualmente hay más de 25,4 millones de personas refugiadas. Se trata de una crisis de envergadura mundial pero no tanto por la enorme cifra, sino por el lugar donde se encuentran estas personas: unos pocos países se ven obligados a hacer mucho más de lo que les corresponde, sencillamente, por su proximidad a zonas de crisis; mientras que otros, los más ricos, hacen poco o nada. 
  • Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, opinión y expresión. Expresar tu opinión de forma abierta, publicar en redes sociales, participar en manifestaciones, etc. debería ser un derecho para todos y todas. Pero en muchos países hay gente que va a la cárcel –o sufre algo peor– simplemente por hablar o manifestarse. 
  • Derecho a participar en la vida política. Tenemos derecho a votar o a formar parte del gobierno de nuestro país. Además, todos los votos deben de tener el mismo valor. Por eso en AI adoptamos el caso de Fred Bauma e Yves Makwambala. Dos presos de conciencia encarcelados por actuar en favor de la democracia. Gracias a las miles de firmas y a la presión internacional fueron puestos en libertad junto con otros dos activistas de su organización. Hasta su liberación, Fred e Yves estaban a la espera de ser juzgados en un proceso en el que podrían haber sido condenados a muerte.
    Los derechos civiles y políticos tienen su expresión jurídica vinculante en diversos tratados internacionales, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). El Comité de Derechos Humanos de la ONU vela porque se cumplan las disposiciones de este pacto

    Derechos económicos, sociales y culturales

    Cuando trabajamos, tenemos derecho a recibir un salario digno y a tener tiempo para descansar. Cuando tenemos una necesidad especial (en el caso de sufrir una enfermedad o no tener empleo), tenemos derecho a recibir protección social. Son sólo dos ejemplos de los derechos económicos, sociales y culturales (DESC), que también son derechos humanos. Incluyen:
    • Derecho a la alimentación. Todas las personas tienen derecho a acceder a una alimentación saludable, pero alrededor de 795 millones de personas en el mundo no tienen suficientes alimentos para llevar una vida sana y activa (casi una de cada nueve personas en la tierra), según datos del Programa Mundial de Alimentos
    • Derecho a la educación. Sean de la etnia, religión o nacionalidad que sean, los y las menores tienen derecho a la educación. Sin embargo, 124 millones de niños y niñas en todo el mundo no van a la escuela, según datos de UNICEF.
    • Derecho a la salud. Todos y todas tenemos derecho a vivir en un medio ambiente saludable y a recibir atención médica.
    • Derecho a la vivienda. La vivienda debería ser accesible a todas las personas que, además, deberían tener cierta seguridad de tenencia que las proteja de desalojos forzados, hostigamiento y otras amenazas. En España, cientos de miles de personas han perdido o están en riesgo de perder su vivienda como consecuencia de los desalojos hipotecarios.
    • Derecho a la cultura y la ciencia. Acceder a bibliotecas, museos, teatros, cines o estadios son solo algunos ejemplos de derecho a la cultura. También se incluye el derecho a disfrutar de los beneficios de los avances científicos.
    • Derecho humano al trabajo y al descanso. Toda persona tiene derecho al trabajo, así como a su libre elección. También se tiene derecho a la misma remuneración por un mismo trabajo realizado. Además toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute de tiempo libre y a una limitación razonable de las jornadas de trabajo. "Es difícil trabajar porque el objetivo es horrendo [...] Me duelen los pies, me duelen las manos y me duele la espalda después de hacer el trabajo", contó un trabajador de una plantación de aceite de palma a Amnistía Internacional. La organización publicó un informe denunciando los abusos.

    Los derechos económicos, sociales y culturales (DESC) hablan de cuestiones tan básicas para la dignidad humana como la alimentación, la salud, la vivienda, el trabajo, la educación y el agua.
    Los derechos económicos, sociales y culturales (DESC) hablan de cuestiones tan básicas para la dignidad humana como la alimentación, la salud, la vivienda, el trabajo, la educación y el agua. © Fotis Filippou

    Los DESC no son un mero catálogo de buenas intenciones por parte de los Estados. Son derechos humanos que se derivan de tratados internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) y las normas establecidas por organismos especializados como la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).

    ¿Quién debe respetar los derechos humanos?

    Los Estados

    Son los que firman y ratifican las normas internacionales de derechos humanos y, por tanto, los que tienen la obligación de respetarlas. Amnistía Internacional insta a todos los gobiernos a que lo hagan.

    Grupos armados

    Los grupos armados deben respetar las normas del derecho internacional humanitario, sobre todo las contenidas en los Convenios de Ginebra. En Amnistía denunciamos sus abusos y los sacamos a la luz. Por ejemplo, investigadores de la organización entrevistaron a mujeres y niñas secuestradas por el Estado Islámico que habían escapado o habían sido puestas en libertad tras el pago de un rescate por sus familias. Varias de ellas habían estado al borde del suicidio o tenían hermanas o hijas que se habían suicidado a consecuencia de los atroces abusos sufridos durante su cautiverio.

    Donatella Rovera, investigadora de AI, documenta la crisis de derechos humanos que asoló la República Centroafricana.
    Donatella Rovera, investigadora de Amnistía Internacional, documenta la grave crisis de derechos humanos que asoló la República Centroafricana en 2014. © AI

    Particulares, grupos y empresas

     Las personas tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos. También los grupos y empresas. Por ejemplo, deben evitar consecuencias graves para el medio ambiente en los territorios donde operan, y sus actividades no deben conllevar en ningún caso desalojos forzosos. Desde Amnistía denunciamos recientemente 20 casos de delincuencia empresarial y la impunidad de la que gozan las grandes compañías.
 Texto e imágenes tomadas de https://www.es.amnesty.org/en-que-estamos/temas/derechos-humanos/

Consulta aquí la Declaración Universal de los DDHH

miércoles, 6 de marzo de 2019

Socialismo (Décimo)

Sistema de organización social y económico basado en la propiedad y administración colectiva o estatal de los medios de producción y en la regulación por el Estado de las actividades económicas y sociales, y la distribución de los bienes.
El socialismo constituye una etapa dentro de la Formación Económica Social Comunista, caracterizado por la transición de formas y actuaciones propias del capitalismo a otras propias de una sociedad socialista, donde el factor subjetivo y las prácticas políticas, con reconocimiento del papel de la ética y la educación constituyen puntos esenciales en la formación de la base técnica y material necesaria para el surgimiento de una sociedad sin clases.
El socialismo, como régimen social, surge como resultado de la supresión del modo burgués de producción y de la instauración de la dictadura del proletariado. Está basado en la propiedad social sobre los medios de producción (estatal: de todo el pueblo). La propiedad social determina la inexistencia de clases explotadoras, de la explotación del hombre por el hombre, que las relaciones entre los trabajadores sean de colaboración amistosa y de ayuda mutua.
Bajo el socialismo, se acaba con toda opresión social y toda desigualdad nacional, con la oposición entre la ciudad y el campo, entre el trabajo intelectual y el trabajo físico.
Sobre la base de la propiedad social, bajo el socialismo se desarrolla de manera planificada la economía nacional. El desarrollo y el perfeccionamiento de la producción social sirven para satisfacer, de manera cada vez más completa, las crecientes necesidades materiales y culturales del pueblo.
La vida de la sociedad socialista se asienta sobre una amplia democracia; la incorporación de todos los trabajadores a la participación activa en la dirección de los asuntos estatales. El democratismo socialista garantiza tanto los derechos sociales –derecho al trabajo, al descanso, a la instrucción y al servicio médico gratuitos, a disponer de lo necesario en la vejez, igualdad de derechos para la mujer y el hombre, para los ciudadanos de todas las razas y nacionalidades –así como las libertades políticas- las libertades de palabra, de prensa y de reunión, el derecho a elegir y ser elegido.

Socialismo y comunismo

Son dos fases de la formación económico-social comunista: el socialismo constituye la primera e inferior; el comunismo, la superior. En la base de su diferencia está el grado de madurez económica.
Ya bajo el socialismo, no existe la propiedad privada sobre los medios de producción; las relaciones de producción no se caracterizan por el dominio y la subordinación, sino por la colaboración amistosa y la ayuda mutua entre hombres libres de la explotación. En este sentido no hay ninguna diferencia entre el socialismo y el comunismo, pero en el régimen socialista, predomina la propiedad social sobre los medios de producción; en cambio, bajo el comunismo existirá un único tipo de propiedad, la de todo el pueblo.
Bajo el socialismo, se conservan diferencias entre la clase obrera y los campesinos; al construirse el comunismo esas diferencias desaparecen. Lo mismo ocurre con las diferencias, existentes aún bajo el socialismo, entre los obreros y campesinos por una parte y la intelectualidad por la otra. Todas esas diferencias se hallan condicionadas, en última instancia, por el nivel de desarrollo de las fuerzas productivas. Este mismo factor determina, asimismo, las diferencias existentes en las formas de distribución, las cuales, bajo el socialismo, se atienen al principio: a cada uno, según la cantidad y calidad de su trabajo; mientras que bajo el comunismo, regirá el principio: a cada uno, según sus necesidades.
Sobre la base del crecimiento de las fuerzas productivas, bajo el comunismo se establecerá la distribución directa de los productos en lugar de las relaciones mercantiles y monetarias, aún existentes bajo el socialismo. A los cambios en la economía corresponden cambios en la superestructura. En un determinado grado de desarrollo del comunismo, se extinguirán por completo las instituciones políticas y jurídicas, la ideología política y jurídica, se establecerán normas únicas –admitidas por todos- de convivencia comunista, cuya observancia se convertirá en necesidad interior y en hábito para todos los hombres; el Estado se extinguirá por completo, agotará también su misión histórica el Partido, las naciones se aproximarán de manera cada vez más multilateral hasta que desaparezcan todas las diferencias entre ellas. El comunismo es la forma superior de organización de la sociedad, forma que funcionará sobre la base de fuerzas productivas altamente desarrolladas, de la ciencia, de la técnica, de la cultura y de la autogestión social comunista.
"El comunismo es un régimen social sin clases, con una forma única de propiedad sobre los medios de producción, la propiedad de todo el pueblo, con una plena igualdad social de todos los miembros de la sociedad, en el que, junto con el desarrollo universal de los hombres, crecerán las fuerzas productivas sobre la base de una ciencia y una técnica en constante desarrollo; todas las fuentes de la riqueza social manarán a pleno caudal y se realizará el gran principio “de cada uno según su capacidad; a cada uno, según sus necesidades”. El comunismo es una sociedad altamente organizada de trabajadores libres y conscientes en la cual se establecerá la autogestión social, el trabajo en bien de la sociedad será para todos la primera necesidad vital, necesidad hecha conciencia, y la capacidad de cada individuo se aplicará con el mayor provecho para el pueblo”[2]
La transformación gradual del socialismo en comunismo estriba en una serie de hondas modificaciones cualitativas que se concentran en torno a tres problemas fundamentales:
  1. creación de la base material del comunismo (eslabón decisivo en la cadena de todas las tareas económico-sociales),
  2. desarrollo de las relaciones sociales comunistas,
  3. formación del hombre nuevo. 

Texto tomado de: https://www.ecured.cu/Socialismo 







domingo, 3 de marzo de 2019

Globalización (Once)

QUÉ ES LA GLOBALIZACIÓN?

La Real Academia de la Lengua Española define globalización como "la tendencia de los mercados y las empresas a extenderse alcanzando una dimensión mundial que sobrepasa las fronteras nacionales".

WIKIPEDIA, la enciclopedia libre de Internet define la globalización como "el proceso por el que la creciente comunicación e interdependencia entre los distintos países del 
mundo unifica mercados, sociedades y culturas, a través de una serie de transformaciones sociales, económicas y políticas que les dan un carácter global. Así, los modos de producción y de movimientos de capital se configuran a escala planetaria, mientras los gobiernos van perdiendo atribuciones ante lo que se ha denominado la sociedad en red."

Según el Fondo Monetario Internacional (FMI) "La globalización es una interdependencia económica creciente del conjunto de países del mundo, provocada por el aumento del volumen y la variedad de las transacciones transfronterizas de bienes y servicios, así como de los flujos internacionales de capitales, al tiempo que la difusión acelerada de tecnología". 
 Imagen tomada de

¿QUIENES SON LOS "GLOBALIZADORES"?

En la actualidad, la gran potencia mundial EE.UU es el líder de este proceso, con su apoyo de organizaciones como el Fondo Monetario Internacional(FMI), el Banco Mundial (BM) y la Organización Mundial del Comercio (OMC).







https://image.slidesharecdn.com/presentacionglobalizacion1010215-160719013454/95/la-globalizacion-1-638.jpg?cb=1468892172
Imagen tomada de: https://image.slidesharecdn.com/presentacionglobalizacion1010215-160719013454/95/la-globalizacion-1-638.jpg?cb=1468892172

GLOBALIZACIÓN REAL Y VIRTUAL

La globalización no es un hecho nuevo pero adquiere ahora dimensiones distintas y más complejas que en el pasado:


  • El crecimiento del comercio mundial se concentra actualmente en los bienes de mayor valor agregado y contenido tecnológico. 
  • Segmentos importantes de la producción mundial se realizan dentro de las matrices de las corporaciones transnacionales y sus filiales en el resto del mundo. 
  • El comercio y las inversiones privadas directas han adquirido un mayor peso en la actividad económica de los países. 
La globalización real refleja los cambios en la tecnología, la acumulación de capital y la aptitud de las economías nacionales para generar ventajas competitivas. La globalización real es un proceso de largo plazo que se aceleró a partir de la difusión de la revolución industrial en el siglo XIX y adquirió nuevo impulso en la segunda mitad del XX. 
La globalización virtual se refiere a la transacción de valores y al procesamiento y circulación de datos e imágenes. Abarca los extraordinarios avances y baja de costos en la transmisión de imágenes e información y en la esfera financiera.  A diferencia de la globalización en la esfera real, la globalización financiera, tal cual se conoce ahora, es un fenómeno esencialmente contemporáneo. 

GLOBALIZACIÓN Y POLÍTICA

En resumen, la globalización es en parte un proceso político dentro de la esfera de decisión de los estados nacionales más poderosos y de las organizaciones económicas y financieras multilaterales (OMc, FMI y Banco Mundial).
En las finanzas, la dimensión política de la globalización es relativamente más importante que en las esferas reales de la economía mundial. El peso político de los intereses financieros se explica por su magnitud y, también, por la ampliación del número de personas, particularmente en Estados Unidos, que canalizan sus ahorros en mercados en buena medida especulativos. 

Al mismo tiempo, se carece de acciones solidarias multilaterales para resolver problemas muy graves del orden global, como el subdesarrollo y la miseria prevalecientes en gran parte de la humanidad, el aumento de la brecha entre ricos y pobres (en los últimos 30 años la diferencia de ingresos entre el 20% más rico y el 20% más pobre de la población mundial aumentó de 30 a 60 veces), el tráfico de drogas y armamento, los conflictos políticos, étnicos y religiosos, las migraciones desde los países pobres y la protección del ambiente. Semejantes cuestiones no tienen respuesta por el libre juego de los mercados si no existe, al mismo tiempo, una cooperación efectiva de la comunidad internacional.  

 ALDO FERRER. (Publicado en Comercio Exterior, Vol. 49, Núm. 6, junio de 1999, México, BANCOMEXT, pp. 527-536.) 

Texto tomado de: http://biannyitiad.blogspot.com/p/la-globalizacion.html






Conflicto Armado Colombiano

Los siguientes son 5 videos que ayudan a explicar la complejidad de la realidad política, social y económica de Colombia, con énfasis en la...